
¿Tengo que avisar a la comunidad de propietarios para reformar?
Sí, y en algunos casos necesitas algo más que avisar
La Ley de Propiedad Horizontal obliga a informar al presidente de la comunidad antes de iniciar cualquier obra, aunque sea interior. Esta obligación existe independientemente de si la reforma afecta a elementos comunes o no.
Cuándo basta con informar
Si tu reforma es estrictamente interior y no afecta a elementos comunes del edificio (estructura, fachada, bajantes generales, instalaciones comunitarias), basta con comunicarlo formalmente al presidente o administrador de la comunidad antes de empezar.
Cuándo necesitas aprobación en junta
Si la reforma afecta a elementos comunes, como muros de carga compartidos, fachada, patios de luces o instalaciones generales del edificio, necesitas aprobación en junta de propietarios, habitualmente con mayoría de tres quintos según la Ley de Propiedad Horizontal.
Qué pasa si no lo haces
No informar a la comunidad, o intervenir en elementos comunes sin la aprobación necesaria, puede derivar en denuncias vecinales y en la obligación legal de reponer lo modificado a su estado original, con el coste añadido que eso implica.
Por qué conviene resolver esto en la fase de proyecto
Saber de antemano si tu reforma va a necesitar aprobación en junta permite planificar el calendario con realismo: convocar y celebrar una junta de propietarios añade tiempo que hay que contar dentro del plazo total de la reforma, no después de descubrir que falta.
Si tu vivienda está en un edificio antiguo del centro de Sevilla, es probable que esta cuestión se combine con restricciones adicionales: consulta reformar en el casco antiguo de Sevilla. Y para el resto de trámites previos a la obra, vuelve a qué permisos necesito para reformar en Sevilla.
¿Tu reforma puede necesitar aprobación de la comunidad?
Lo valoramos junto al resto de trámites en la fase de proyecto.
Te dejo unos artículos que pueden ayudar a aclarar otras dudas que te surjan.
